Esta página es una traducción facilitada por comodidad. La versión en inglés es la que prevalece. Leer en inglés

Gestión patrimonial

Posiciones

Ubicaciones de las posiciones

Las ubicaciones habituales de las tenencias varían según factores como el entorno regulatorio, las consideraciones fiscales, la legislación de protección patrimonial y las preferencias individuales. No obstante, varias jurisdicciones son elegidas con frecuencia por personas de elevado patrimonio (HNWI) y por empresas para mantener sus activos:

  1. Suiza: Conocida por su estabilidad, su sólido sistema bancario y su marco fiscal, Suiza ha sido durante mucho tiempo un destino preferido para mantener activos y para servicios de gestión patrimonial.
  2. Luxemburgo: Luxemburgo es reconocido por su sofisticada infraestructura financiera, que incluye una consolidada industria de fondos y convenios fiscales favorables. Con frecuencia se elige para la tenencia de fondos de inversión, capital privado y otros activos financieros.
  3. Islas Caimán: Como destacado centro financiero extraterritorial, las Islas Caimán ofrecen neutralidad fiscal, estabilidad política y un marco jurídico sólido para la tenencia de fondos de inversión, vehículos de financiación estructurada y sociedades extraterritoriales.
  4. Singapur: Singapur se está consolidando como un destacado centro de gestión patrimonial en Asia, al ofrecer un entorno político y económico estable, un marco regulatorio eficiente y un régimen fiscal competitivo, lo que lo hace atractivo para mantener activos en la región.
  5. Estados Unidos: Determinados estados de EE. UU., como Delaware, Nevada y Wyoming, son destinos habituales para la tenencia de entidades societarias debido a su legislación favorable a la actividad empresarial, su tratamiento fiscal ventajoso y la sólida protección jurídica que ofrecen a los accionistas.
  6. Reino Unido: el Reino Unido, en particular jurisdicciones como Londres, ofrece una amplia gama de servicios financieros, entre ellos gestión patrimonial, banca de inversión y servicios jurídicos, lo que lo convierte en una ubicación preferida para mantener activos en Europa.
  7. Jersey/Guernsey (Islas del Canal) e Isla de Man: Estas dependencias de la Corona británica ofrecen sistemas jurídicos estables, eficiencia fiscal y confidencialidad para la tenencia de fideicomisos, fondos de inversión y estructuras societarias.
  8. Hong Kong: Como centro financiero mundial próximo a China y a otros mercados asiáticos, Hong Kong atrae a personas de alto patrimonio y a empresas para la tenencia de activos, gracias a su ubicación estratégica, su entorno favorable a los negocios y su régimen fiscal ventajoso.
  9. Bermudas: Conocidas por su legislación fiscal favorable, su estabilidad política y su sofisticado sector de seguros y reaseguros, las Bermudas se eligen con frecuencia para mantener activos vinculados a seguros y compañías de seguros cautivas.
  10. Bahamas: Bahamas ofrece privacidad, protección patrimonial y neutralidad fiscal, lo que la convierte en una jurisdicción atractiva para la tenencia de trusts, estructuras patrimoniales privadas y servicios de banca extraterritorial.

Costes

Facilitar los costes y comisiones precisos de constitución y mantenimiento de una sociedad de cartera en las jurisdicciones mencionadas exige tener en cuenta diversos factores, entre ellos el tipo de estructura de tenencia, el volumen de activos bajo gestión y los requisitos jurídicos o regulatorios específicos de cada lugar. Los tarifarios de comisiones cambian y dependen del proveedor, por lo que los costes de una estructura concreta se cotizan previa solicitud. Factores que determinan los costes en cada jurisdicción:

  1. Suiza: Constitución mediante escritura pública e inscripción en el registro mercantil. El privilegio cantonal de las sociedades holding fue suprimido el 1 de enero de 2020 con la reforma fiscal federal (TRAF); las sociedades holding se acogen ahora a la deducción por participaciones respecto de los dividendos y las plusvalías que cumplan los requisitos.
  2. Luxemburgo: Los costes dependen de la sustancia exigida: administración central, decisiones del consejo y contabilidad en Luxemburgo. La exención por participación se describe en la sección 4.
  3. Islas Caimán: Las tasas de registro y de domicilio social son moderadas; los principales costes recurrentes son la presentación de informes de sustancia económica y la administración.
  4. Singapur: constitución a través de la ACRA con un administrador residente; los costes recurrentes son la contabilidad, la declaración anual y la declaración tributaria.
  5. Estados Unidos: las tasas de registro estatales son bajas; los conceptos recurrentes son los impuestos de franquicia o anuales y los honorarios del agente registrado, que varían de un estado a otro.
  6. Reino Unido: las tasas de inscripción en Companies House son reducidas; los costes residen en la contabilidad, las declaraciones de confirmación y, por encima de los umbrales, la auditoría.
  7. Jersey, Guernsey e Isla de Man: Lo habitual es que la administración corra a cargo de un proveedor de servicios societarios autorizado, lo que determina los costes de funcionamiento.
  8. Hong Kong: Tasas de registro reducidas; los costes recurrentes son el secretario de la sociedad, la auditoría (obligatoria para toda sociedad de Hong Kong) y la presentación de declaraciones fiscales.
  9. Bermudas: Las tasas gubernamentales varían en función del capital autorizado; la administración corre a cargo de un proveedor autorizado.
  10. Bahamas: Constitución a través de un proveedor de servicios financieros y societarios autorizado, que asume también la mayor parte de los costes de funcionamiento.

Es fundamental consultar con nuestros asesores jurídicos y financieros y con los suyos en las jurisdicciones correspondientes, a fin de obtener información adaptada a los requisitos específicos de la estructura de tenencia que usted prefiera.

Cabe señalar que la elección del lugar de custodia depende de las circunstancias individuales, de los tipos de activos concretos y de los objetivos estratégicos. Al seleccionar una jurisdicción para mantener los activos, deben considerarse con detenimiento factores como el asesoramiento jurídico, la planificación fiscal, el cumplimiento normativo y el mantenimiento continuo.

Descargue nuestra presentación

Arquitectura global de sociedades holding

ClaseVehículo legal habitualInstrumento de segregación de responsabilidades
Sociedad holding de capital puroSociedad de Delaware, sociedad de las Islas Vírgenes Británicas (BVI), BV neerlandesaVelo corporativo y consejo de administración independiente
Sociedad holding mixta (tesorería/propiedad intelectual)SOPARFI de Luxemburgo, sociedad chipriotaContratos de servicios intragrupo en condiciones de mercado
Cellular HoldCoSociedad de cartera segregada de las Islas Caimán, sociedad de células protegidas de GuernseySegregación legal del activo y del pasivo de cada célula
Sociedad de inversión privadaLLC de Delaware o Wyoming, Pte Ltd de SingapurResponsabilidad limitada; en el caso de las LLC, protección frente a embargos sobre participaciones (charging order)

El levantamiento del velo corporativo sigue siendo excepcional y depende de los hechos: los tribunales buscan fraude, confusión de patrimonios o inobservancia de las formalidades societarias.

2 Normas antielusión y sustancia económica: umbrales vigentes

JurisdicciónQué significa la sustancia en la práctica
Islas Vírgenes BritánicasUna entidad dedicada exclusivamente a la tenencia de participaciones cumple una prueba de sustancia reducida conforme a la Ley de Sustancia Económica (Sociedades y Sociedades Comanditarias) de 2018 y presenta un informe anual de sustancia económica.
Sociedad de responsabilidad limitada neerlandesa (BV)Los beneficios derivados de convenios y directivas se someten a la prueba del propósito principal y a las normas neerlandesas contra el abuso; la dirección efectiva en los Países Bajos resulta determinante.
SOPARFI de LuxemburgoLa residencia fiscal sigue a la administración central: las decisiones del consejo se adoptan en Luxemburgo, donde también se conservan los libros y registros.
Mauritius GBCAl menos dos administradores residentes en Mauricio, cuenta bancaria principal en Mauricio, registros contables y cuentas auditadas en ese país, dirección y control desde Mauricio, y administración a cargo de un titular de licencia de gestión.

3 Continuo de divulgación de la titularidad real

JurisdicciónQuién puede consultar la información sobre los beneficiarios finales
Reino UnidoPúblico: el registro de personas con control significativo puede consultarse en línea en Companies House.
UE (p. ej., Países Bajos, Luxemburgo, Chipre)Autoridades, sujetos obligados y personas con un interés legítimo; el acceso del público en general finalizó con la sentencia del Tribunal de Justicia de 22 de noviembre de 2022 (C-37/20 y C-601/20).
Islas Vírgenes BritánicasNo es público. Acceden las autoridades competentes a través del sistema BOSS; el acceso por interés legítimo se reguló legalmente en 2025 y entrará en funcionamiento en abril de 2026.
Estados Unidos (sociedades de responsabilidad limitada de Delaware y Wyoming)Los registros estatales no recogen a los miembros; desde marzo de 2025, las entidades constituidas en Estados Unidos ya no comunican sus titulares reales a la FinCEN.

Situación a octubre de 2026.

4 Detalle por jurisdicciones (anexos)

4.1 Estados Unidos

  • Sociedad de Delaware. El corpus más profundo de jurisprudencia societaria. Los dividendos abonados a accionistas extranjeros soportan una retención estadounidense del 30 %, salvo que un convenio la reduzca.
  • LLC de Delaware y Wyoming. Los documentos de constitución no exigen los nombres de los miembros; la información llega a terceros únicamente mediante procedimiento judicial.

4.2 Europa

  • Sociedad chipriota. Impuesto sobre sociedades del 15 % desde el 1 de enero de 2026 (anteriormente 12,5 %). Los dividendos percibidos y las plusvalías sobre valores están, en general, exentos. No se aplica retención sobre los dividendos distribuidos a accionistas no residentes, salvo una retención del 5 % sobre los dividendos pagados a sociedades asociadas en jurisdicciones incluidas en la lista de la UE de jurisdicciones no cooperadoras.
  • BV neerlandesa. Exención por participación a partir de una participación del 5 %: los dividendos y las plusvalías derivados de la participación están exentos. Retención en origen sobre dividendos del 15 %, con exención para los socios corporativos que cumplan los requisitos en los Estados de la UE y de convenio; se aplica una retención condicionada a los dividendos pagados a jurisdicciones de baja tributación.
  • SOPARFI de Luxemburgo. Exención por participación para dividendos con una participación del 10 % o un precio de adquisición de al menos 1,2 millones de EUR; para plusvalías, del 10 % o 6 millones de EUR, en ambos casos mantenida durante 12 meses. El mismo requisito del 10 % / 1,2 millones de EUR exime de la retención del 15 % a los dividendos distribuidos al exterior.

4.3 Asia y el Golfo

  • Singapore Pte Ltd. Los dividendos de fuente extranjera recibidos en Singapur están exentos cuando el tipo impositivo nominal en la jurisdicción de origen es de al menos el 15 % y la renta tributó allí (artículo 13(8) de la Income Tax Act).
  • Sociedad de Hong Kong. El impuesto sobre beneficios se aplica únicamente a los beneficios generados en Hong Kong o derivados de esta jurisdicción. Desde 2023, el régimen de exención de rentas de origen extranjero grava determinados dividendos, intereses y plusvalías por enajenación obtenidos en el extranjero y percibidos por entidades de grupos multinacionales, salvo que se cumplan las condiciones de sustancia o de participación.
  • Fundaciones ADGM y DIFC como sociedades de cartera. Una transferencia a una fundación ADGM no es nula ni anulable por aplicación de una norma extranjera de legítima forzosa, y no se ejecutan las sentencias extranjeras en sentido contrario (ADGM Foundations Regulations 2017, s. 29). El equivalente en el DIFC es el artículo 15 de la Ley de Fundaciones del DIFC.

4.4 África y océano Índico

  • GBC de Mauricio. Exención parcial del 80 % sobre los dividendos extranjeros (desde 2019), lo que, con un tipo del 15 %, supone un tipo efectivo del 3 %; sin retención sobre los dividendos pagados al extranjero. Requisitos de sustancia como en la sección 2.

5 Vías de estructuración

EscenarioEstructuraQué sustenta la protección
Propietario inmobiliario estadounidense que busca la separación de responsabilidadesUna LLC por inmueble → LLC holding → un fideicomiso de las Islas Cook es titular de la sociedad holdingEntidades separadas por activo; el fideicomiso solo protege si la transmisión fue genuina y completa
Grupo tecnológico de la UE que planea una salida a bolsaFiliales operativas → sociedad neerlandesa BV → sociedad matriz luxemburguesa SOPARFI como centro de tesoreríaExenciones por participación; sustancia real en ambas sociedades holding
Grupo familiar del Sudeste Asiático con preocupaciones sucesoriasSociedades operativas malasias → sociedad de células protegidas de Labuan → fundación de ADGM titular de las accionesSegregación legal de celdas; cortafuegos del ADGM, art. 29, frente a las normas extranjeras de legítima hereditaria
Promotor latinoamericano de capital privadoSociedades participadas → sociedad de cartera segregada de las Islas Caimán → sociedad holding de las Islas Vírgenes Británicas → fideicomisoSegregación por celdas; cumplimiento de los requisitos de sustancia económica en las Islas Caimán y las Islas Vírgenes Británicas

Estructuras ilustrativas. La idoneidad depende de los hechos, de la residencia fiscal de la familia y de la sustancia que se mantenga efectivamente.

6 Módulos avanzados de optimización

  1. Limitación de intereses: conforme a la Directiva de la UE contra la elusión fiscal (ATAD), los costes de endeudamiento netos solo son deducibles hasta el 30 % del EBITDA (artículo 4 de la ATAD). El traslado de deuda (debt push-down) debe planificarse dentro de ese límite.
  2. Regímenes de propiedad intelectual: la innovation box de los Países Bajos grava los beneficios admisibles a un tipo efectivo del 9 %; Luxemburgo exime el 80 % de los ingresos netos admisibles por propiedad intelectual (artículo 50ter LIR). Ambos siguen el enfoque de nexo de la OCDE, por lo que la investigación y el desarrollo deben ser reales y estar vinculados a la entidad.
  3. «Bóveda familiar» de celdas protegidas: una sociedad de cartera segregada de las Islas Caimán con celdas independientes para la cartera líquida, el capital privado, los yates y el arte. Por disposición legal, los activos de una celda no están a disposición de los acreedores de otra, salvo en caso de fraude.
  4. Personas estadounidenses (US persons): las sociedades holding extranjeras pueden ser sociedades extranjeras controladas, y las personas físicas pueden optar, conforme a la sección 962, por tributar a los tipos del impuesto sobre sociedades por la renta imputada. Es esencial obtener asesoramiento antes de estructurar la operación.

7 Ingeniería de redomiciliación y salida

  • Continuación: las sociedades de las Islas Vírgenes Británicas y de las Islas Caimán pueden trasladarse de una jurisdicción a la otra por disposición legal; la sociedad conserva su identidad, sus activos y sus pasivos, y los acreedores mantienen sus créditos. Ninguna de las dos jurisdicciones grava el traslado.
  • «Flip-up» para una oferta pública inicial (IPO): se sitúa una nueva sociedad de Delaware por encima de la BV neerlandesa mediante un canje de acciones por acciones; las acciones de doble clase pueden mantener el control de voto familiar.

8 Herramientas de gobernanza para la continuidad generacional

DispositivoFunciónFundamento o límite jurídico
Acciones de doble claseConsolidar los derechos de voto de los fundadoresDelaware permite clases de acciones con distintos derechos de voto (DGCL § 151)
Acción de oro en poder de una fundación familiarDerecho de veto ante un cambio de controlExigible como derecho de clase; sujeto a las normas de protección de minorías
Protocolo familiar anexo al pacto de accionistasCodifica el propósito y los mandatos de inversiónSolo contractual; cede ante el derecho de sociedades imperativo
Protector con facultad para trasladar la estructura a otra jurisdicciónCambio de jurisdicciónLa ley aplicable y el foro competente deben determinarse de forma expresa (Crociani v Crociani [2014] UKPC 40)

9 Síntesis

  • Una sociedad de cartera (HoldCo) combinada con un Dynasty Trust ofrece mejores resultados que cada instrumento por separado: el trust neutraliza el riesgo sucesorio y la HoldCo neutraliza la responsabilidad operativa.
  • La sustancia económica es el talón de Aquiles; las auditorías posteriores a BEPS se centran en los hechos, no en la forma. Mantenga a nivel local administradores residentes, documentación de los consejos de administración y mandatos bancarios.
  • Los grados de privacidad deben alinearse con la seguridad personal y no con la vanidad; las LLC anónimas solo resultan convincentes cuando se combinan con expedientes AML conformes.
  • Las leyes de bloqueo (por ejemplo, las de las Islas Cook, el artículo 29 de la normativa del ADGM y el artículo 9 de la Ley de Fideicomisos de Jersey) impiden la aplicación de las normas extranjeras de legítima hereditaria y el reconocimiento de sentencias extranjeras, pero únicamente cuando la transmisión haya sido genuina y completa (Webb v Webb [2020] UKPC 22).

En consecuencia, con una redacción meticulosa, una sustancia adecuada y una combinación prudente con estructuras fiduciarias, una estructura moderna de sociedad holding puede preservar el capital a lo largo de generaciones. Las cláusulas de revisión y las facultades de traslado bien redactadas la mantienen adaptable a los cambios fiscales y políticos.